Crítica del libro Las Malvinas entre el derecho y la historia. Refutación del folleto británico
“Más allá de la historia oficial. La verdadera historia de las Falklands/Malvinas”♣
Pedro Munaretto*
Recibido: 10 de junio de 2017
Aceptado: 30 de junio de 2017
Para comenzar este relato en torno a la obra de Kohen y Rodríguez, la pregunta sobre la posibilidad de realizar una taxonomía bibliográfica con este libro es una de las que primero viene à l’esprit. El texto, tal como lo adelanta el título, está construido argumentalmente en forma de espejo, esto es, su hilo conductor sigue a su vez la línea discursiva que presentó el “folleto británico” en cuestión. El objetivo central de dicho documento fue el de sintetizar los principales argumentos británicos y así apuntalar políticamente su posición sobre las Malvinas. Fue publicado en 2008 por Graham Pascoe y Peter Pepper, tanto en inglés como en español, teniendo gran repercusión en el mundo “anglófilo”: no en el campo académico, al cual no pertenecen sus autores, sino en el ámbito de divulgación de corte propagandística.
No obstante, Kohen & Rodríguez ponen a disposición con suma generosidad todo su capital simbólico en función de ir desarmando uno por uno los argumentos de Pascoe & Pepper en una forma que nos recuerda a la dialéctica platónica, en la medida que se van intercalando en un diálogo imaginario las construcciones argumentales “argentinas” con las británicas. Es por esto que el texto tiene, además, una gran potencia pedagógica: cualquiera que desee tener una aproximación a la disputa de la soberanía sobre las Islas Malvinas desde la perspectiva argentina no puede dejar de leer este libro, ya que representa una síntesis desde el descubrimiento de las islas, pasando por el encuentro conflictivo de las potencias intervinientes, la sucesión argentina de manos de España, la administración argentina y la toma por la fuerza por parte de Gran Bretaña en 1833, llegando hasta los debates tan actuales sobre el derecho de autodeterminación de los pueblos. En consecuencia, este libro no es solo una puesta pedagógica, sino política: Kohen & Rodríguez “bajan” a dar la batalla de ideas con dos exponentes de la maquinaria de propaganda filo-británica.
Claro que en esta performatividad discursiva, y de ahí su generosidad, el diálogo halla interlocutores en “blogueros” o “bloguistas británicos”, lo cual ‑algunos podrían decir- hace mella en su robustez académica. Sin embargo, vemos en ello el intento por retomar una genealogía discursiva que no es muy común en la bibliografía argentina sobre Malvinas: el construir un relato en diálogo con la otredad colonial, que dista mucho de quedar medianamente en claro para la sociedad argentina.
Para avanzar en la disección de la obra, podemos empezar aseverando que Kohen & Rodríguez ponen en evidencia los principales argumentos de la posición argentina en la disputa por la soberanía de las Islas, cuya solidez es producto del análisis de una historia ‑y presente- sumamente entreverada, compleja y no lineal. El fortalecimiento de la posición argentina sobre Malvinas, parecen sugerir los autores, viene de la mano del estudio concienzudo y pormenorizado de los principales puntos en disputa. Dicho de otro modo, las pasiones no pueden ser el único vector de representaciones sobre la soberanía que tengan los argentinos y argentinas.
En el Capítulo I, los autores se adentran en los documentos sobre los descubrimientos y el inicio de los conflictos entre las potencias coloniales de la época, aunadas geográficamente en el archipiélago: Francia, España y Gran Bretaña. Esta sección resulta interesante para analizar el peso de las declaraciones de descubrimiento de la época, que sin el ejercicio efectivo de soberanía in situ tienen escasa o nula validez en el derecho internacional. Esta aclaración está formulada en virtud de que el acto de descubrimiento de Malvinas está verdaderamente disputado. Tanto es así, que si hubiera que discernir entre los topónimos “Falklands” y “Malvinas” (del francés Malouines) respecto de su datación histórica, los autores nos enseñan que el primero aparece con antelación al segundo con casi tres cuartos de siglo de diferencia. En este caso, las disputas por los nombres ‑tan medulares en nuestra cultura “malvinera”- tienen un correlato no en el campo del derecho internacional (donde no tienen consecuencias sobre la cuestión de fondo), sino en el plano de lo político y lo cultural, de lo cual los autores se lamentan.
En el Capítulo II se hace un racconto de los vaivenes que sucedieron al primer asentamiento realizado en nombre de la corona francesa, acto hecho público el 12 de septiembre de 1764: los británicos, sabiendo de esta aventura colonizadora de sus vecinos, se sumaron clandestinamente a la empresa fundando un pequeño fuerte en la otra punta del archipiélago el 12 de enero de 1765. Es decir, el derecho de primer ocupante recae en la empresa francesa, que cedió tras protestas y pago indemnizatorio a España el 13 de septiembre de 1766. Cuando los españoles descubren el paraje británico, aquellos los expulsan por la fuerza el 10 de junio de 1770, suscitando una escalada de conflicto que casi desemboca en la guerra entre ambas naciones. Kohen & Rodríguez realizan un análisis pormenorizado de la tan comentada declaración del Príncipe de Masserano, entonces embajador español ante la corona británica, donde se resuelven estas tensiones, al mismo tiempo que reviste de polémica, ya que los británicos sostienen que aceptando las negociaciones hicieron lo que se denomina “reserva de soberanía”, es decir, que dicha solución diplomática no resultaba en perjuicio de sus pretensiones sobre el archipiélago, algo que los autores argentinos se encargan de refutar. En este sentido, resulta de suma riqueza el enfoque que los autores adoptan a lo largo de todo el texto, combinando finísimos análisis archivísticos y documentales, bibliográficos[1] y de jurisprudencia internacional en base, mayormente, a fallos de la Corte Internacional de Justicia.
En el Capítulo III, Kohen & Rodríguez repasan la importancia vital en el derecho internacional de la regla consuetudinaria de uti possidetis iuris, a través de la cual los Estados americanos que se fueron independizando de España a partir de 1810 conformaron su unidad geográfica en virtud de la sucesión territorial de manos de la antigua metrópoli. Producto del conflicto de 1770, este principio es sistemáticamente denegado por Gran Bretaña como aplicable a las Malvinas, ya que interpretan que se trataba de un caso de terrae nullius (o “tierra de nadie”). Y si bien ningún estudio arqueológico pudo comprobar la existencia de actividad humana previa a la llegada de los primeros asentamientos europeos, los autores se encargan de demostrar que la soberanía efectiva que desarrolló España en los años de su administración estuvo ampliamente reconocida por terceras potencias, cuyo peso objetivo es preponderante aun en el caso de que se desechara el uti possidetis iuris.
El Capítulo IV reconstruye los actos de administración a partir de la independencia de las Provincias Unidas del Río de la Plata. Siguiendo la argumentación anterior, al encontrarse las Malvinas dentro de la Superintendencia de Buenos Aires del Virreinato del Río de la Plata previo a los movimientos secesionistas, la independencia no hace más que cristalizar el hecho de que ahora las Malvinas pasan a estar bajo la jurisdicción territorial de las Provincias Unidas del Río de la Plata. Así, uno de los primeros actos del “primer gobierno patrio” se relaciona a Malvinas, en el cual arreglan el pago del salario de Gerardo Bordas, el penúltimo Comandante de Malvinas al servicio de la corona española, habiendo transcurrido tan solo cinco días de la Revolución. España, abrumada por las costosas campañas contrarrevolucionarias, abandona definitivamente las islas el 13 de febrero de 1811, aunque sin resignar la soberanía, análogamente que con todos sus territorios que atravesaban sublevaciones político-militares (España reconoce formalmente la independencia de la República Argentina recién el 21 de septiembre de 1863, aunque con retroactividad al 25 de mayo de 1810).
La toma de posesión formal argentina se realiza el 6 de noviembre de 1820, con David Jewett ‑un marino estadounidense- como portavoz oficial del gobierno de las Provincias Unidas, dando inicio a toda una serie de actos de soberanía argentina sobre las islas: otorgamiento de explotaciones ganaderas en las islas a Jorge Pacheco, el decreto de regulación de la pesca del 22 de octubre de 1821 (un tema que por lo conflictivo será clave en el devenir de los sucesos), el nombramiento de Pablo Areguatí como Comandante el 18 de diciembre de 1823 y el decreto del 5 de enero de 1828 cediendo los derechos de explotación agropecuaria a Luis Vernet, un comerciante de origen hamburgués. Al ser del interés de este y habida cuenta su relativo éxito, Vernet pidió ser nombrado al frente de la flamante “Comandancia Política y Militar de las Islas Malvinas y las adyacentes al Cabo de Hornos”, creación y nombramiento sucedidos ambos el 10 de junio de 1829. Esta nueva instancia realiza por su parte toda una serie de actos de administración, los que Kohen & Rodríguez se ocupan de detallar. Vale rescatar, tal como hacen ellos, lo fundamental de lo recogido por la esposa de Vernet, María Sáez en su diario personal[2], que sirve de complemento a los datos duros disponibles en otras fuentes documentales con algunas valiosas descripciones contextuales.
Como mencionamos antes, la actividad pesquera ilegal fue el detonante del conflicto con los Estados Unidos, y que luego provocara la reaparición de Gran Bretaña tras años de silencio. Vernet, en su faceta de funcionario público, tenía el encargo de hacer valer la legislación de Buenos Aires en toda la jurisdicción a su cargo. Las actividades clandestinas y predatorias ‑un tema tan actual aun hoy en el Mar Argentino- eran moneda corriente, participando en su mayoría buques de bandera estadounidense. En consecuencia, Vernet interceptó y capturó los buques “Harriet”, “Breakwater” y “Superior”, el 1, 18 y 20 de agosto de 1831, respectivamente, lo que generó la nefasta acción retaliativa de la USS “Lexington”: el 31 de diciembre de 1831 oficiales estadounidenses en servicio en dicha embarcación arrasaron con Puerto Soledad (o Puerto Luis), la capital de la Comandancia. Este acto representa, explicitan los autores, el primer acto de desconocimiento de la soberanía argentina sobre las islas Malvinas por una tercera potencia, fuera de las dos partes en pugna. Puerto Soledad no volvió a ser viable. Con Vernet en Buenos Aires y José Francisco Mestivier nombrado Comandante interino, estalló un motín y revuelta a fines de 1832, siendo asesinado dicho oficial el 30 de noviembre. En este contexto caótico, podría argumentarse, los británicos tenían la partida ganada de antemano: el 3 de enero de 1833, a bordo del HMS “Clio”, los británicos expulsan por la fuerza a los oficiales y habitantes argentinos de Puerto Soledad. Cínicamente, Pascoe & Pepper llaman a esto una “visita”, además de tergiversar la lista de argentinos que se quedaron en las islas bajo administración británica: los pocos gauchos que trabajaban el ganado se fueron yendo en los años consecutivos, lo que no es aceptado por los autores británicos, ya que en este dato se centraría parte de la sociogénesis de la autoctonía, clave para el principio de autodeterminación de los pueblos, como veremos más adelante.
En el Capítulo V, Kohen & Rodríguez nos narran los sucesos luego de este acto de ultraje de 1833, empezando por la persistencia feroz del entonces embajador Manuel Moreno ‑hermano de Mariano- en Londres y el análisis del Tratado Anglo-Argentino del 24 de noviembre de 1849 que puso fin al bloqueo británico sobre los ríos interiores. En relación a este último, el argumento que sostienen Pascoe & Pepper es que Argentina, en el marco del acuerdo, renunció a la soberanía sobre las Malvinas, lo que Kohen & Rodríguez desarman a partir del texto mismo de dicho documento. Sin embargo ‑y más generalmente- los británicos utilizan el período post-1833 para la construcción de una historia donde suprimen los sucesos más significativos en torno al reclamo argentino, que les resulta útil para fabricar la idea de que la Argentina prestó consentimiento a la soberanía ejercida por un tercero en un territorio en disputa partir de una actitud pasiva, conocido en Derecho Internacional como “aquiescencia”. Los autores derriban este punto a partir de la enumeración de sucesivas instancias donde la Argentina demostró pretender la titularidad de soberanía del archipiélago, como el ofrecimiento de arbitraje en 1884, el caso de Juan Walker de 1911, el comienzo de la internacionalización de la estrategia argentina a partir de 1939, entre otras.
En el Capítulo VI nos encontramos con una excelente síntesis del principal argumento británico difundido a escala global: la autodeterminación de los pueblos. Kohen & Rodríguez explican por qué este caso no es uno típico de colonialismo, que es donde se aplicó dicho principio alrededor del mundo: al no haber población autóctona, el dominio colonial vino de la mano ‑aun hoy, según las cifras que comparten los autores- con un trasplante de población, debido a que de la población argentina original de Puerto Soledad no quedó nadie. Tan es así, que Gran Bretaña cuenta con un amplio abanico de estímulos públicos con el fin de favorecer el flujo demográfico hacia el archipiélago que controla de facto, a trece mil kilómetros de distancia. Los autores además analizan los pormenores normativos que constituyen la administración local. Resulta que las prerrogativas institucionales con que cuenta la metrópoli son amplísimas, como ejemplifican con lo acontecido en las islas Turcos y Caicos en 2009: Gran Bretaña disolvió de un plumazo el gobierno localmente electo. Por ende, no cualquier población puede pretender ser titular del derecho a la autodeterminación, y para la disputa en torno a la soberanía de Malvinas ‑sumando Georgias del Sur y Sandwich del Sur- lo que aplica es el principio de “integralidad territorial”, conforme la Resolución 1514 de la ONU.
Finalmente, en la Conclusión General encontramos un punteo y repaso de los principales argumentos a la luz del debate con Pascoe & Pepper.
Unas palabras finales nos merece el subtítulo del Capítulo V “La absurda referencia a ‘La Campaña del Desierto’”. Kohen & Rodríguez asumen una postura negacionista respecto del exterminio indígena que significó la conformación del Estado argentino en los siglos XIX y XX, con el motivo de que Pascoe & Pepper utilizan esto para “desprestigiar a la Argentina”. Si bien podemos concordar en que esto no pone en riesgo en el campo del Derecho Internacional la soberanía argentina sobre las Islas, consideramos que dicha sección del Capítulo V no le hace honor al resto de la obra de Kohen & Rodríguez. Valiosísimas aproximaciones al tema son trabajadas por numerosos investigadores e investigadoras comprometidos con la labor científica en el campo de la antropología social en la Argentina (e.g. Diana Lenton, Walter Delrio, Mariano Nagy, entre muchos otros), por lo que alentamos que, en una segunda edición de Malvinas entre el derecho y la historia, se enriquezca aún más con miradas interdisciplinarias: la producción bibliográfica sobre Malvinas precisa de este entrecruzamiento para fortalecer la posición argentina, tanto global como domésticamente, y así construir una soberanía humanista.
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♣ Kohen, Marcelo y Rodríguez, Facundo 2015 Las Malvinas entre el derecho y la historia. Refutación del folleto británico “Más allá de la historia oficial. La verdadera historia de las Falklands/Malvinas”. Eudeba, Buenos Aires. 302 p. ISBN 978–950-23–2528‑6.
* Magíster en Ciencia Política por la Universidad de París VIII. Integrante del PICT- FONCyT (Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica), Argentina: “Cuerpos muertos en disputa: prácticas y sentidos en torno a los cuerpos de los caídos en la Guerra de Malvinas”, dirigido por la Dra. Laura Panizo (IDAES/UNSAM – CONICET [Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas], Argentina). Correo electrónico: hpmunaretto@gmail.com
[1] Apoyándose con énfasis en las obras de Caillet-Bois, Ricardo Una tierra argentina. Las islas Malvinas. Ensayo de una nueva y desconocida documentación, Buenos Aires, Ediciones Peuser, 1952; y de Gómez Langenheim, Antonio Elementos para la historia de nuestras Islas Malvinas, Buenos Aires, El Ateneo, 1939.
[2] Publicado póstumamente en varias ediciones como Diario de María Sáez de Vernet en Malvinas.
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Cómo citar ¬
Pedro Munaretto, «Crítica del libro Las Malvinas entre el derecho y la historia. Refutación del folleto británico “Más allá de la historia oficial. La verdadera historia de las Falklands/Malvinas”», Revista de Estudios Marítimos y Sociales [En línea], publicado el [insert_php] echo get_the_time('j \d\e\ F \d\e\ Y');[/insert_php], consultado el . URL: https://wp.me/P7xjsR-HF